• Manufactura.
• Cuando sean usados en vehículos privados, bajo condiciones normales de
uso.
• Durante un período de 20.000 kilómetros o por el término de 12 meses,
lo que primero ocurra a partir de la fecha de compra, según factura
elaborada por el
vendedor.
• Cuando hayan sido instalados en vehículos
para los cuales no fueron diseñados.
• Cuando haya sido alterado su diseño original, tanto del amortiguador
como del vehículo.
• Cuando hayan sido dañados por negligencia o accidente.
• Cuando hayan sido instalados en vehículos registrados o utilizados con
fines de carreras y competencias.
• Cuando hayan sido mal instalados.